Categoría 2: Gestión sobresaliente de conflictos
Se trata de un caso considerado estratégico o de alto impacto para una comunidad territorial determinada, en donde la intervención de la o el conciliador en equidad permitió de manera efectiva la prevención de hechos de violencia entre varias personas, o sobre la disputa de asuntos de orden colectivo que pudieran afectar seriamente la convivencia del territorio, este asunto de alto impacto debe contar con la participación de varios actores en el conflicto y con la participación y seguimiento de los acuerdos por parte del grupo de personas beneficiadas.
La gestión del operador no puede enfocarse a tratar el conflicto limitandolo al conocimiento del problema o de la situación conflictiva. El conciliador en equidad gestiona conflictos penetrando múltiples niveles de las relaciones sociales. Su gestión es integral porque no solo toca aspectos que el sistema jurídico estatal no puede comprender, como los sentimientos y emociones de las partes involucradas sino que además puede gestionar conflictos, que hacen parte de la vida cotidiana de las comunidades, donde el Estado no puede penetrar.
El conciliador en equidad entiende que cada conflicto que se presenta en su comunidad está relacionado con una o más normas sociales. Por eso la norma social es la base de su gestión. Al tratar un conflicto, el operador siempre reafirma una norma, la reajusta o la transforma.
La integralidad de su gestión tiene que ver con buscar la recomposición de las relaciones entre las partes del conflicto (dialogando a cerca de sus sentimientos, emociones, percepciones, necesidades e intereses) pero sobre todo con buscar que toda su comunidad se conozca a si misma a través de los conflictos.

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